¿Tengo que estar en San Miguel para el Cierre?

La respuesta detallada

No, no es necesario estar en San Miguel para el cierre. Sin embargo, deberá darle a alguien un poder notarial (POA) para que pueda firmar en su nombre, en persona, el día del cierre. Estos poderes notariales generalmente son redactados por uno de los abogados de la oficina del notario y, a menos que se especifique lo contrario, permiten que la persona con el poder también firme la distribución de fondos de la compañía de depósito en garantía.

Un poder notarial ejecutado en San Miguel es bastante sencillo, cuesta menos que hacer uno fuera de México y solo requiere un aviso de uno o dos días al notario para que lo redacte por usted.

Si usted es un comprador, hay ocasiones en las que alguien puede firmar en su nombre como agente oficioso. sin requerir un POA. un poder notarial, pero un vendedor siempre debe tener un poder notarial. Un poder notarial se puede dar a un amigo o familiar de confianza; algunos clientes prefieren dar el poder notarial a uno de los abogados de la oficina del notario.

Ya sea que haya firmado al entrar o salir de San Miguel, le recomendamos que su agente de bienes raíces trabaje con el notario o uno de sus abogados para redactar el POA para usted de modo que el notario acepte el idioma tal como está el día del cierre.

Un poder notarial escrito por un notario en San Miguel estará en español. Cuando vaya a la oficina del notario a firmar, habrá un traductor para traducir el documento por usted si no habla español.

Cómo completar un poder desde fuera de México

Si está fuera de México, querrá que alguien de la oficina del notario redacte el documento. A menudo, se le enviará en inglés de un lado y en español del otro.

Una vez que reciba el documento, tiene dos opciones:

Opción n.° 1: Si vive en los EE. UU. o en un país que firmó la Convención de La Haya, puede imprimir el documento de POA proporcionado por el notario y llevarlo a cualquier notario público en los EE. UU. (o en su país) para que lo certifique. Una vez que esté notariado, también debe apostillar ese documento y luego enviarlo por correo urgente a su agente o notario.

 

Si vive en los EE. UU. cerca de un consulado mexicano, también puede simplemente ir allí y hacer que notaricen el documento.

Opción n.° 2: si vive en Canadá u otro país que no es parte de la Convención de La Haya, deberá ir a un consulado mexicano. Llevarás el documento que te envió el notario y lo validarás. Cada consulado mexicano tiene diferentes reglas y plazos para validar un documento. Algunos consulados querrán reescribir el documento y te pedirán que regreses en unos días para firmarlo. Otros usarán el documento que lleves. Consulte con su Consulado Mexicano más cercano para conocer los requisitos. 

Si usted es un comprador, además de darle a alguien un poder notarial para que firme en su nombre al momento del cierre, también puede dar un permiso de poder notarial para que alguien en San Miguel firme en su nombre para obtener su permiso SRE y firmar para la distribución de fondos al momento del cierre.

Trabaje en estrecha colaboración con su agente, quien puede guiarlo a través de este proceso.